Si eres de las personas que no le gusta pertenecer a alguna compañía telefónica, poder cambiar de operador cuando lo deseas, esto es lo que debes saber.
El poseer un smartphone desbloqueado tiene muchas ventajas, no solo cambiar de operador, si viajas al extranjero puedes optar por comprar una tarjeta SIM y no estar sujeto a los famosos servicios roaming. Si no estás a gusto con tu proveedor, está la opción de cambiar a otra red.
¡Quiero desbloquear mi celular!
Esto es lo que debes de saber. En el 2013, se creó la ley de Equipos y Terminales Móviles, esta norma crea delitos, sanciones y un registro de terminales móviles. También puedes observar que existe el artículo que habla de la venta prohibida de equipos móviles bloqueados, esto quiere decir, que todo smartphone que sea vendido en Guatemala tiene que estar liberado, exceptuando si el usuario tiene un contrato con la compañía.
Según la Ley de Equipos y Terminales Móviles en su artículo 13 establece:
“Liberación de los equipos terminales móviles. Todo importador, distribuidor y/o vendedor de equipos terminales móviles en el país deberá habilitar para ser utilizados en la red de cualquier operador de servicios de telecomunicaciones, permitiendo al usuario el poder elegir y cambiar libremente de operador o proveedor, siempre y cuando hayan sido cumplidas las condiciones contractuales”.
“Quedan exceptuadas de lo establecido en el párrafo anterior, los operadores importadores de equipos terminales móviles, que ofrezcan, dentro de sus planes de telefonía, a opción del usuario, adquirir equipos terminales móviles bloqueados sujetos a configuraciones técnicas, electrónicas, por hardware, software o físicas que restrinjan su uso solo a la red del operador que le preste servicio de telefonía móvil, a excepción de cuando el cliente o usuario decida expresamente contratar de otra forma, que considere obtiene mayores beneficios para él, para lo cual se pactarán las condiciones necesarias con el operador o proveedor del equipo terminal móvil. El operador debe desbloquear el equipo terminal móvil, previa solicitud del usuario, una vez haya finalizado el plazo de contratación del servicio para el que fue provisto el equipo terminal móvil. Cuando exista este tipo de contratación, los plazos no podrán exceder los veinticuatro (24) meses”.
“El operador o proveedor debe informar por escrito o por medio electrónico al usuario si el equipo terminal móvil se encuentra bloqueado para que solo pueda ser utilizado en determinada red y las condiciones de cómo puede ser desbloqueado sin costo adicional al consumidor, una vez adquirida la propiedad del equipo terminal móvil, como sería haber concluido el plazo contractual al que hace alusión este artículo”.
Esto quiere decir que las operadoras como los proveedores tienen la obligación de vender un dispositivo desbloqueado. Esto aplica en los siguientes casos:
Si se compra el teléfono sin ningún contrato, es decir todos los dispositivos se tienen que vender desbloqueados.
Si el teléfono fue adquirido mediante contrato, al finalizar este, la operadora tiene la obligación de liberarlo; esta liberación sucederá por solicitud del usuario y debe ser de forma gratuita.
¿Cómo liberar mi teléfono?
Primero verifica qué estatus se encuentra tu celular, esto quiere decir si está por medio de un contrato o lo adquiriste sin ningún contrato. Al verificar el estado del teléfono, puedes hacer el procedimiento de liberación.
Para la empresa Tigo y Claro debes solicitar al operador que desbloquee el dispositivo; esto sucede presentando tu DPI; factura de compra; debes llevar el teléfono físico para validar el IMEI. Recuerda si tu teléfono está por contrato tienes que esperar un máximo de 24 meses para liberarlo.
Mientras que en la empresa Movistar: debes presentarte a Bulevar Los Próceres 18 calle 20-09, zona 10 Edificio Ibero Plaza 1er. nivel
¿No lo quieren desbloquear?
Si el operador no desea desbloquear tu teléfono, tranquilo ¡existen sanciones para ellos! La Ley de Equipos y Terminales Móviles, reforma y adiciona faltas cometidas al artículo 81 de la Ley General de Telecomunicaciones:
g) Por activar o poner en funcionamiento terminales de teléfono celular sin autorización respectiva de algún operador o comercializador de servicios de telecomunicaciones, y en el caso de estos últimos, por incumplir con lo establecido en la Ley de Equipos Terminales Móviles.
h) Por el incumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en la Ley de Equipos Terminales Móviles.
i) Por no acatar el operador, el importador, distribuidor y/o vendedor entregar los teléfonos liberados, en los casos en que no existan condiciones contractuales específicas de bloqueo, conforme lo que establece el artículo 13 de esta ley.
La multa consiste en pagar una multa que va desde los diez mil uno a cien mil unidades de multa (UMA) y estas son determinadas por la Superintendencia de Telecomunicaciones. El valor de cada UMA será equivalente a un dólar de los Estados Unidos de América.
Ya sabes, si tu contrato ya finalizó o posees un celular sin ningún contrato puedes liberarlo sin ningún costo ¿lo harás?
Fuentes: Ley de Equipos y Terminales Móviles y Ley General de Telecomunicaciones de Guatemala