Ante el rechazo recibido, el TSE revoca el acuerdo 139-2019 imagen

TSE revoca el acuerdo que prohibía el uso de celulares durante el conteo de votos.

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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) emitió el acuerdo 139-2019, con fecha 10 de junio de 2019, en donde dispone en su artículo 1: “En prevención a la eventual producción de incidentes lamentables, los integrantes de cada junta receptora de votos, los fiscales y el alguacil designado; una vez cerrada la respectiva votación y previo al escrutinio de las elecciones, deberán depositar en el presidente de mesa los teléfonos celulares y aparatos electrónicos que posean en ese momento, los cuales les serán devueltos al hacerles entrega de la certificación de las actas del escrutinio”.

Ante el acuerdo dado a conocer, la Cámara Guatemalteca de Periodismo (CGP) emitió un comunicado, en el que muestra su rechazo al señalar que con esta disposición se violenta la transparencia del proceso. Además, rechaza categóricamente la imprudente decisión adoptada por las autoridades, en el sentido de retener los indicados teléfonos celulares y aparatos electrónicos, y demanda de dicho Tribunal la inmediata revocación del referido acuerdo 139-2019. Asimismo, se reserva las acciones legales correspondientes.

Manifestó:

Que la comunicación oportuna y veraz de la información es un elemento fundamental de la misma, que es la sangre de la democracia electoral, así como un factor determinante de la transparencia de los procesos electorales.

Los teléfonos celulares y aparatos electrónicos son instrumentos auxiliares importantes para los integrantes de las juntas electorales y de los fiscales de los partidos políticos, para tomar constancia fehaciente del recuento de los votos emitidos, del escrutinio de las votaciones y para comunicar dichos extremos a quien corresponda.

Por consiguiente, la retención de los teléfonos celulares y aparatos electrónicos a los integrantes de cada junta receptora de votos, los fiscales y el alguacil designado, además de ser una decisión arbitraria que privilegia la opacidad, viola los derechos de comunicación, acceso a la información pública y a saber, que se fundamentan en el principio de máxima publicidad.

Y advierte al presidente de la junta electoral, que no tiene facultades legales para constituirse en depositario de los indicados dispositivos electrónicos.

Revocación

Ante el rechazo de la CGP y otras instituciones en contra el acuerdo 139-2019, los magistrados del TSE decidieron este jueves revocar dicho acuerdo, que prohibía el uso de celulares cuando se hiciera el conteo de votos. La decisión se tomó luego de la reunión semanal que tienen con los fiscales de las agrupaciones políticas, quienes hicieron una protesta antes de iniciar la reunión.

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