Distintas interpretaciones de los señalamientos provocan que reine la confusión en los guatemaltecos. El caso, uno de los que más polémica ha generado en las últimas semanas, siendo el sindicado principal, Carlos Vielmann.
Al exministro de Gobernación lo señalan por supuestas ejecuciones extrajudiciales durante el 2004 al 2007. Por ello, la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), detuvieron a Vielmann y a tres personas más, el 29 de octubre.
“Vielmann debe estar asustado por cómo se está actuando en la justicia guatemalteca”, Alberto Morales, abogado defensor del exministro.
Según la defensa de Vielmann, a su representado ya se le juzgó en España por los mismos delitos. Además, distintas organizaciones han criticado que los testigos en el caso fueron miembros de peligrosas bandas de asesinos y secuestradores, lo que los hace no idóneos para la investigación.
La FECI mantiene que los hechos contra Carlos Vielmann son nuevos, pese a que sean los mismos delitos señalados. Por tal razón, el defensor español, Alfonso Trallero, realizó un informe del caso realizado en España comparándolo con los nuevos señalamientos.
Señalamientos iguales
Según Trallero, a Vielmann se le acusó de ser supuesto dirigente o responsable de un grupo paraestatal dedicado a matar o ajusticiar a presos en Guatemala. En el expediente que fue entregado 10 días después de las detenciones, se evidencia que el objeto de la pretendida nueva acusación sería otra vez el mismo.
El Tribunal Supremo de España, estableció que Vielmann no tuvo intervención alguna en la muerte de los presos fugados. Por ello, independientemente de cuántos reos hayan fallecido a manos de dicho grupo, la acusación se construye sobre la misma premisa principal, por la que ya fue juzgado y absuelto.
Pero, en qué se basa Trallero y la defensa de Carlos Vielmann para argumentar que se le está juzgando dos veces por el mismo hecho. Pues es simple, en el proceso que el sindicado tuvo en España y que se pretende repetir en Guatemala.
Consiste en lo siguiente:
El procedimiento contra Vielmann fue archivado por el Estado guatemalteco, debido a que no podía garantizarle un juicio justo en el país. Por ello, la CICIG presentó una denuncia en España relatando que el sindicado habría creado, dirigido o consentido un grupo clandestino de seguridad para ejecutar a presos.
Debido a este señalamiento, la investigación judicial realizada en España es la misma presentada por la FECI y la CICIG actualmente. El hecho que se haya tratado el supuesto ajusticiamiento de tres fugados y que ahora se alegue que realmente fueron más no altera la investigación.
La imputación no es sobre la base de ser el autor material de las muertes, sino de ser el dirigente de una banda paraestatal para dar muerte a presos. Por tanto, el título de imputación que se atribuyó en España y que ahora se le quiere volver a atribuir en el nuevo procedimiento es el mismo.
Cosa ya juzgada
Frente a las acusaciones, la Sentencia de la Audiencia Nacional, tras escuchar a decenas de testigos y peritos, muchos de ellos declarando por videoconferencia desde Guatemala, resolvió absolver a Carlos Vielmann. Es decir, se concluyó que el acusado no creó ni integró un grupo clandestino, ni ordenó dar muerte a preso alguno, ni lo consintió, ni lo conoció.
De esta forma, en España es cosa juzgada cualquier acusación que se haga sobre Vielmann en torno a su supuesta participación en un grupo clandestino para dar muerte a privados de libertad. La cual es la misma acusación que está enfrentando actualmente en los tribunales guatemaltecos.
“A efectos penales, es irrelevante que en esta ocasión se traigan otros cuatro fallecidos no alegados en España, puesto que lo relevante no son los fallecidos, ya que la nueva acusación sobre Carlos Vielmann es idéntica a la juzgada… esto es, no la mera producción de muertes, sino la integración de una organización clandestina creada con tal fin”, concluye Trallero.
Formando parte de las garantías judiciales, según el numeral 4 del artículo 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, mejor conocida como Pacto de San José de Costa Rica, el inculpado absuelto por una sentencia firme no podrá ser sometido a nuevo juicio por los mismos hechos.
A la argumentación de Trallero, se le une Enrique Molina Benito, Fiscal de la Audiencia Nacional en excedencia, quien le envió una carta a la defensa de Carlos Vielmann, en la cual le explica que su representado ya fue juzgado en España.
Por tal razón, Molina Benito confirma que Carlos Vielmann ya recibió una condena y que sin importar el resultado ya concluyó su proceso. Además, indica que en todas las resoluciones judiciales firmes dictadas por el Tribunal Supremo, no hay recurso alguno ordinario frente a las mismas y producen efecto de cosa juzgada.