Era una fiesta familiar, aduce ahora la defensa de Gabriel Esteban Mauricio Recinos Jo, propietario de la mueblería O3, donde se realizó una fiesta clandestina el pasado 12 de junio. Una fiesta familiar donde empleados, amigos, adultos, tres personas de talla baja y menores celebraban durante la cuarentena. Una supuesta fiesta familiar, que ahora exige al Ministerio Público (MP) y la Procuraduría General de la Nación (PGN) investigar si a la lista de faltas contra Recinos Jo, se debe sumar la de “incentivar el consumo de licor por menores”.
Recinos, quien espera su primera audiencia mañana, es acusado de encubrimiento propio y contravención de las medidas sanitarias dictadas por el gobierno durante el estado de calamidad. De acuerdo con su abogado Mario Castañeda, la actividad fue “sacada de contexto”. “Es una mueblería, no una discoteca, y lo que hubo fue una reunión familiar”, trató de excusar.
“Me llamó la atención que solo esos delitos le hayan imputado al dueño de la mueblería”.- Kevin Moldauer, abogado.
Para el abogado Kevin Moldauer, aunque se inició un proceso penal en contra de los organizadores de la fiesta, el Estado de Guatemala se ha comprometido a proteger a la niñez, y en la fiesta se cometieron infracciones que contempla la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia. Ahora se deben investigar las faltas que se cometieron en contra de los menores que estaban en el lugar al momento de celebrarse el evento.
Código Penal
ARTÍCULO 489.- Será sancionado con arresto de diez a cincuenta días:
3. Quien incitare a un menor de edad al juego, o la embriaguez o a otra clase de actos inmorales o dañinos a su salud, o le facilitare la entrada a garitos, casas de prostitución u otros sitios similares.
Para Leonel Dubón, de la entidad Refugio de la Niñez, además de los delitos por infringir las medidas presidenciales, los organizadores de la fiesta deben ser investigados por violentar los derechos de los menores. “No sabemos a qué nivel de perversión pudo llegar esta fiesta y para eso existe la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, para atacar casos como este y evitar poner en riesgo a los menores”, remarcó. En el caso de la persona que se ve en el video, está claro su rol en la celebración, ofrecer licor a los asistentes, ya fueran presuntamente menores o jóvenes adultos.
“Es importante que el MP use las imágenes que se compartieron en redes sociales y determine si en la fiesta, donde se sirvió licor clandestinamente, había menores y si estos bebieron”. Leonel Dubón.
A decir de Dubón un adolescente no mide riesgos y es deber de los adultos protegerlos y no empujarlos a que se involucren en acciones que pueden ser perjudiciales. Por lo que las acciones que se muestran en el video, donde Recinos Jo empina una botella a un joven en la boca, son punibles. “Si lo hizo con ese joven, podría haberlo hecho con alguno de los menores que asistieron a la fiesta”, asegura Dubón.
Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia
Artículo 54. La relación de poder se da cuando existe una diferencia de fuerza, edad, conocimiento o autoridad entre la víctima y el ofensor.
De acuerdo con Lucrecia Prera, del área penal de la Procuraduría de la Niñez y Adolescencia de la PGN, “en este caso, la PGN no puede intervenir”. Aunque los adolescentes están infringiendo la ley, se debe esperar a que un juez ordene que se investigue”. Respecto a Recinos Jo, Prera asegura que debe ser el MP quien investigue su actuar y si se determina que hubo falta proceder en su contra.
“Si los padres consintieron que sus hijos estuvieran en la línea de riesgo (en la fiesta), si se presenta una denuncia, se podría intervenir”.- Lucrecia Prera
La legislación guatemalteca está plagada de regulaciones para proteger a los menores, del abuso al que pueden estar sujetos y las sanciones en contra de sus infractores. Hoy, el Estado de Guatemala le ha fallado a la niñez, a la defensa de sus derechos y a protegerlos de empresarios para quienes “Una Fiesta Familiar” fue sacada de contexto.
Ahora le toca el turno al MP para determinar si dentro de la fiesta había menores de edad, identificarlos y perseguir a Recinos Jo, si hubiese cometido alguna falta. Moldauer y Dubón, aseguran que estos hechos no deben quedar impunes y que a los cargos contra el empresario se debería de aplicar la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia.
Entre tanto, la empresa O3 fue beneficiada con una reducción de la multa que le había impuesto la Municipalidad de Santa Catarina Pinula, que de Q500 mil se redujo a la mitad. Y ahora con el argumento de “Una Fiesta Familiar”, Recinos Jo espera convencer al juez de su inocencia y de que una mueblería no es una discoteca. Mañana hasta podría decir que no fue él quien llenó la boca de licor de un joven esa noche de junio.