El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) vuelve a modificar su sistema de restricciones. Este 5 de febrero se publicó el Acuerdo Ministerial 24-2021 con las disposiciones para la contención de la pandemia de COVID-19 en Guatemala y que el presidente Alejandro Giammattei había anticipado.
Según el Acuerdo Ministerial, las ferias comunales, de barrio y municipales podrán volver a realizarse. También aclara que están “estrictamente prohibidos la realización de fiestas, conciertos, elecciones de reina y cualquier actividad que genere aglomeración de personas en los municipios que se encuentran en estado de alerta roja y naranja.”
Los organizadores de las ferias deberán de velar por el cumplimiento del aforo establecidos dentro del Acuerdo Ministerial 234-2020, que determina un distanciamiento de 10 metros cuadrados por persona y una asistencia máxima de cien personas a la vez durante la alerta roja. En el caso de que el municipio esté en alerta naranja, las ferias disponen de distanciamiento de seis metros cuadrados entre los asistentes y un máximo de 250 de audiencia.
11 meses sin ferias
Luego de que la crisis de salubridad por la pandemia del COVID-19 se extendiera por casi un año en Guatemala, eventos como las ferias quedaron prohibidos. Sin embargo, las personas que conforman la organización y mantenimiento de estos eventos se vieron afectados directamente al ser ilegal realizar su único trabajo.
Obligados por la necesidad y la desesperación de ver la reapertura de otros sectores, pero no el suyo, trabajadores de ferias salieron a las calles de la zona 1 capitalina para manifestarse por la crisis económica que viven y las pocas soluciones que se les había brindado. A pesar de existir un protocolo, otros sectores como los bares, restaurantes, cines o centros comerciales tuvieron una mayor prioridad para las autoridades de salud según exclamaron manifestantes.
También modifican restricciones a mercados, centros comerciales, bares y playas
El acuerdo ministerial también contempla un cambio de horarios para espacios cerrados como los mercados. “Los mercados municipales, cantonales y satelitales deberán realizar sus actividades dentro del horario comprendido de 5 a 19 horas, disponiendo de horarios especiales para personas mayores de sesenta años” definen como nueva normativa las autoridades de salud.
En el caso de las playas, lagos y ríos, el Ministerio de Salud determinó que estos espacios deben restringir el aforo para no más de cien personas. En días anteriores, alcaldes se encontraban confundidos ante las exigencias del MSPAS, debido a que no sabían exactamente a cuántas personas se les podía permitir el acceso en las costas guatemaltecas.
Los centros comerciales, supermercados y tiendas de barrio ya no tienen una restricción de hora y podrán funcionar bajo su horario regular. Según MSPAS, deberán de seguir cumpliendo con los protocolos de bioseguridad y velar por el cumplimiento del aforo.
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