¿La CC prohibió a Jimmy Morales no firmar el acuerdo del tercer país seguro? imagen

Jimmy Morales, Donald Trump y la Corte de Constitucionalidad, envueltos en el tema tercer país seguro.

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Todo inició con varios tuits publicados por el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, en los cuales amenazaba al gobierno de Jimmy Morales con aplicar aranceles y tarifas a las remesas. Ello, debido al rompimiento del acuerdo para firmar el convenio que convertiría a Guatemala en un “tercer país seguro”.

El acuerdo pretendía, aparentemente, que todos los migrantes que llegasen a Estados Unidos en busca de asilo, pudieran ser enviados a Guatemala para esperar ahí la respuesta a su solicitud.

La reacción del gobierno guatemalteco fue inmediata: “Lamentablemente la Corte de Constitucionalidad (CC), sin las facultades para entrometerse en política exterior, asumió erróneamente una postura negativa a los intereses nacionales”, fue el mensaje del presidente Morales.

El mandatario responsabilizó a la Corte de Constitucionalidad por haber impedido que su Gobierno declarara a Guatemala como un “tercer país seguro”. También, a los magistrados de la CC de tomar decisiones que ponen en peligro la relación bilateral socioeconómica con Estados Unidos.

¿Por qué los señala?

El pasado 14 de julio de 2019, la Corte decidió otorgar un amparo provisional a Luis Cabrera, Edgar Gutiérrez, Gabriel Orellana, Ariel Rivera Irías, Francisco Villagrán, Manfredo Marroquín y el Procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas, contra el Presidente de Guatemala, la Ministra de Relaciones Exteriores y el Ministro de Gobernación.

La resolución fue la siguiente: “Se previene al Presidente de la República de Guatemala que, para asumir la decisión, en nombre del Estado de Guatemala, de constituir al territorio nacional como un “Tercer país seguro”, debe cumplir el mecanismo establecido en la literal l) del artículo 171 de la Constitución”.

La resolución agrega: “Se conmina a la Ministra de Relaciones Exteriores, Sandra Jovel, a efecto de que efectúe las comunicaciones que en derecho corresponden, respecto de la restricción de poderes que la Constitución impone al Presidente de Guatemala, para asumir la decisión de constituir al territorio nacional como un Tercer país seguro”.

La respuesta de la CC

Ante la arremetida del presidente Morales contra la CC, los magistrados de la Corte decidieron dar una conferencia de prensa. Resaltaron que su función esencial es la defensa del orden constitucional y que actúan como tribunal colegiado con independencia de los demás organismos del Estado.

“Este Tribunal rechaza enfáticamente expresiones infundadas, y reitera que su único compromiso es la defensa del orden constitucional. En tal sentido, no podemos asumir responsabilidades por acciones de otros funcionarios públicos con impacto para Guatemala”, señaló la CC.

Los magistrados agregaron: “En el caso tercer país seguro, en cumplimiento de su función, la CC no le prohibió ninguna acción al Presidente de la República.

Según el comunicado de la Corte, la resolución del amparo provisional únicamente señaló el procedimiento establecido en la Constitución de Guatemala para la firma de un convenio de esa naturaleza y con esos alcances, según lo dictado en el artículo 171.

¿Hubo prohibición?

Al tomar literal lo resuelto por los magistrados, en ningún párrafo ordenan a Jimmy Morales abstenerse a firmar dicho acuerdo. Además, incluyen que Sandra Jovel efectúe las comunicaciones de la restricción de poderes que la Constitución impone al Presidente de Guatemala, para asumir la decisión de constituir al territorio nacional como un “tercer país seguro”.

Esto quiere decir que, Jimmy Morales no tiene impedimento de firmar el acuerdo, pero que ya firmados deben ser ratificados en el Congreso, si es que lo acordado le corresponde conocerlo.

El comisionado de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Stuardo Ralón, explicó: “Bajo especulaciones mediáticas, sin confrontar o conocer el texto de un acuerdo se emitió una resolución indicando que necesariamente lo que se firmará tendría que pasar por el Congreso”.

Ralón resaltó que podrían existir acuerdos como en temas de visas para trabajos temporales de guatemaltecos en Estados Unidos, los cuales no necesariamente tienen que pasar por el Congreso. “Me parece que la Corte se precipitó y distorsionó una negociación normal”, dijo.

Con relación a la instrucción que le dieron a la canciller, Sandra Jovel, Ralón indica que es para que al momento de estar discutiendo un acuerdo de este tipo le informe al interesado, en este caso el gobierno estadounidense, que antes de entrar en vigencia debería pasar primero por el Congreso.

Actualmente, las tres posturas siguen siendo las mismas, sin embargo en la Corte de Constitucionalidad se encuentra un recurso de revocatoria presentado por el gobierno de Guatemala, contra el amparo provisional otorgado por la CC, el cual está pendiente de resolverse.

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