La noticia no fue bien recibida por los diputados, el presidente Alejandro Giammattei decidió vetar el Decreto 15-2020 el pasado miércoles 29 de abril. Sin embargo, en el Congreso de la República no estuvieron de acuerdo con él y decidieron devolverlo al Ejecutivo.
El Decreto 15-2020 aprobado el 3 de abril en el Palacio Legislativo indicaba que los servicios básicos no pueden ser suspendidos durante la crisis del COVID-19. Además, permite que los pagos de agua, luz, teléfono e internet se dividan en cuotas dentro de las próximas facturas.
Tras el veto, el presidente Giammattei publicó: “Devolví el Decreto 15-2020 al Congreso porque presentaba inconstitucionalidades. No obstante, hemos preparado una iniciativa de ley que pueda ser ejecutable y viable para asegurarle a la población el suministro de agua, energía eléctrica y los servicios de teléfono e internet”.
La propuesta entregada por el mandatario fue la de “Medidas Temporales de Protección para la Población de los Efectos Económicos Provocados por la Pandemia del COVID-19”. Dicha propuesta no fue conocida en el hemiciclo al ser rechazado el veto del Decreto antes mencionado.
Regresa a presidencia
En la sesión plenaria del jueves 30 de abril, los parlamentarios tuvieron una acalorada discusión. Algunos de los congresistas señalaron que con el veto del presidente les está diciendo que no hacen bien su trabajo en estos momentos de crisis por el coronavirus.
La votación fue de 126 a favor y 1 en contra de rechazar el veto. Con esta decisión el Decreto 15-2020 regresará al Ejecutivo y se obliga al presidente que en un término de ocho días de recibida la normativa, la sancione y publique en el Diario Oficial para que entre en vigencia.
Los miembros del bloque Vamos, no participaron en la votación, el único voto en contra fue del presidente, Allan Rodríguez.
Hay que resaltar que si no es sancionado el Decreto devuelto, la Junta Directiva del Legislativo ordenará su publicación en un plazo de tres días. Ello, basándose en el Artículo 179 de la Constitución Política de Guatemala, en el que se establece la Primacía Legislativa.
Por su parte, el presidente indicó: “El rechazo al veto se acatará, no hay ningún inconveniente, yo estoy de lado del pueblo, por lo tanto se garantizarán los servicios públicos a la población guatemalteca tales como energía eléctrica, agua potable, telefonía móvil e internet, etc. En beneficio de la mayoría de la población guatemalteca”.
El mandatario Giammattei agregó: “Como Gobierno de la República de Guatemala, estamos trabajando incansablemente por contener esta pandemia, hemos hecho nuestro mayor esfuerzo y se ha reflejado con reconocimiento a nivel internacional”.
Decreto 15-2020
El último decreto aprobado en la madrugada del viernes 3 de abril fue el que tiene por objeto establecer medidas económico-financieras adicionales, que permitirían a las familias, micro, pequeñas y medianas empresas afrontar las consecuencias económicas ante la emergencia sanitaria.
El Artículo 2 de dicho Decreto, Servicios Básicos, señala que establecen las medidas de emergencia a ser aplicadas por las entidades prestadoras de servicios de agua, luz, teléfono e internet, para no interrumpir dichos servicios durante la vigencia del Estado de Calamidad y sus posibles prórrogas.
A partir de la declaratoria de Estado de Calamidad pública, en ningún caso podrá suspenderse la prestación de estos servicios.
También, se establece no se podrá aplicar a las cuentas de los usuarios de estos servicios: cargos monetarios, intereses, gastos administrativos y cualquier otra penalización. Junto a ello, los usuarios que no estén en capacidad de realizar los pagos por consumo, podrán suscribir convenios de pago hasta en 12 cuotas sin recargo alguno.