Cuando los arqueólogos guatemaltecos ojearon el catálogo de la subasta Art Precolombie Dont Collection Aurence fijaron su vista en una pieza que reconocieron como Patrimonio Nacional.
Se trataba de un fragmento de la estela arqueológica número nueve, correspondiente al sitio Piedras Negras, en Petén, Guatemala. Esta se encontraba identificada con el número de lote 55, con lo que se emitió un dictamen técnico por parte del Departamento de Registro de Bienes Culturales y Coloniales.
Con esto, el departamento logró establecer la procedencia específica e indudable de la pieza que iba a ser subastada el próximo 18 de septiembre por la casa Millon Drouot, en París, Francia.
El fragmento representa un rostro zoomorfo con un tocado de plumas y figuras geométricas. Data del período Clásico, es decir, entre 250 d. C. y 900 d. C. Está tallada en piedra caliza.
El fragmento constituye un bien del Estado guatemalteco, como se indica en la Constitución Política de la República.
El artículo 121, inciso F, menciona que son bienes del Estado los monumentos y reliquias arqueológicas.
Las piezas arqueológicas también son consideradas como Patrimonio Cultural, según la Ley de Protección de Patrimonio Cultural de la Nación.
Esto se encuentra descrito en el artículo 2 de la ley, así como en el 3, en el cual se especifica que “los sitios paleontológicos y arqueológicos constituyen el patrimonio cultural tangible”.
La estela fue encontrada por Teobert Maler, en 1899, en la terraza de la estructura J3 del sitio arqueológico, según los investigadores David Stuart e Ian Graham.
Se conoce que en 1960, el sitio fue depredado de forma clandestina. La riqueza de los antecedentes bibliográficos confirma que la pieza estaba en el país, pero fue sustraída ilícitamente.
El 1 de agosto, el Departamento de Prevención y Control de Tráfico Ilícito de Bienes Culturales del Ministerio de Cultura y Deportes (MCD) presentó una solicitud al Ministerio de Relaciones Exteriores (MINEX) para informar al embajador sobre la posible subasta.
A partir de ella, se han realizado los procedimientos legales y correspondientes para evitar que la pieza sea subastada y tramitar la repatriación.
¿Cómo funciona la recuperación de una pieza?
El Registro de Bienes Culturales del MCD es la dependencia encargada de llevar un registro de las piezas coloniales, artísticas y arqueológicas.
En el catálogo, se detallan el material, el autor, la fecha de creación, ubicación, entre otros detalles.
Así que el primer paso para comenzar una búsqueda cuando una pieza es robada es que esta esté registrada en el Registro.
Cuando ocurre un robo, el MCD genera una ficha de alerta por medio del Departamento de Tráfico Ilícito. Esta se distribuye en todo el país y el mundo.
En el país circula hacia el Ministerio Público (MP), El MINEX, la Policía Nacional Civil y las aduanas. Internacionalmente, se informa a la Interpol.
El problema es que pocas entidades y personas registran las piezas, lo cual elimina la posibilidad de recibir apoyo estatal para recuperarlas.
Saqueo sin control
Otro problema que facilita el robo de piezas artísticas o arqueológicas es que existe una sola fiscalía especializada en el tema del MP en todo el país.
Con poco personal y recursos, la cobertura es limitada a los departamentos de Guatemala y Sacatepéquez, en su mayoría.
Además, muy pocos guatemaltecos saben que el tráfico ilícito de bienes culturales es un delito, por lo que las denuncias son escasas.
Un ejemplo de ello es que entre el 2000 y 2017, la Fiscalía de Delitos contra el Patrimonio Cultural recibió tan solo 24 delitos por robo de bienes culturales en iglesias.
En ese mismo tiempo, se realizaron tres capturas por robo de bienes culturales. En el país, no se ha dictado ninguna condena por este delito”.
La Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación expresa lo siguiente en cuanto a robo y tráfico de bienes:
Artículo 45.- Exportación ilícita de bienes culturales. El que ilícitamente exporte un bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, será sancionado con una pena privativa de libertad de seis a quince años, más una multa equivalente al doble del valor del bien cultural, el cual será decomisado.
Artículo 54.- Hurto, robo y tráfico de bienes culturales. En lo relativo al hurto, robo y tráfico de bienes que constituyan el Patrimonio Cultural de la Nación, se sancionará conforme lo establece el Código Penal.
En el Código Penal, las sanciones se describen en el apartado de hurto de bienes arqueológicos y tráfico de tesoros nacionales.
ARTÍCULO 332 “B”. Se impondrá prisión de dos a diez años en el caso del artículo 246 y prisión de cuatro a quince años en el caso del artículo 251, cuando la apropiación recayere sobre:
1) Productos de excavaciones arqueológicos regulares o clandestinos, o de descubrimientos arqueológicos.
2) Ornamentos o partes de monumentos arqueológicos o históricos, pinturas, grabados, estelas o cualquier objeto que forme parte del monumento histórico o arqueológico.
3) Piezas u objetos de interés arqueológico, aunque ellos se encuentren esparcidos o situados en terrenos abandonados.
La pena se elevará en un tercio cuando se cometa por funcionarios o empleados públicos o por personas que en razón de su cargo o función deban tener la guarda y custodia de los bienes protegidos por este artículo.
ARTÍCULO 332 “C”. Se impondrá prisión de seis a quince años y multa de cinco mil a diez mil quetzales a quien comercializare, exportare o de cualquier modo transfiera la propiedad o la tenencia de alguno de los bienes señalados en los artículos anteriores, sin autorización estatal.
Se impondrá la misma pena a quien comprare o de cualquier modo adquiriere bienes culturales hurtados o robados. Si la adquisición se realiza por culpa, se reducirá la pena a la mitad.
Puede parecer sencillo, pero no lo es. Los procesos pueden tardar años y si no se tiene registro de las piezas es imposible recuperarlas.
Representantes del MINEX ya trabajan con el Ministerio de Relaciones de Francia y demás entidades culturales del país europeo. La Embajada informó que ya se ha solicitado el retiro de la pieza del catálogo de la casa de subastas.
Conoce el catálogo completo de la subasta, aquí.
Conoce el catálogo en línea, aquí.
Luego del comunicado, la pieza continuaba disponible en el catálogo en línea de Drouot. El precio estimado es de €35 mil.
El pasado miércoles, el Tráfico Ilícito informó que gracias a las gestiones entre embajadas de ambos países, se había logrado retirar de la venta el lote 55. “En común acuerdo, el Gobierno de Guatemala, la vendedora y la casa de subastas Millon iniciaron un proceso amistoso”, informaron.
El registro de las piezas y la denuncia inmediata reducirían el tráfico ilícito del Patrimonio Cultural guatemalteco. De lo contrario, se da luz verde para que los traficantes se roben la historia e identidad de un país.
Fotos: Facebook, Gomundomaya.com, Drouot.com